Limitación a la posibilidad de acceso a casación de las resoluciones de la EUIPO
En virtud de una reciente modificación del Protocolo no.3 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, realizado por el Reglamento (UE) 2019/629 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de 2019, desde el 1 de mayo del presente año el recurso de casación contra las resoluciones del Tribunal General relativas a una resolución de la Sala de Recursos de la EUIPO, únicamente podrán acceder a casación cuando susciten una cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del derecho de la Unión.
La decisión sobre la admisión total / parcial o inadmisión de dichos recursos, será debidamente motivada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
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