Asesoría global de patentes

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PATENTES

Una patente es un título, otorgado por un Estado, que reconoce el derecho del titular a impedir, en el territorio de dicho Estado y durante un tiempo determinado, que terceros fabriquen, vendan, utilicen, importen, exporten o comercialicen, sin su consentimiento, la invención patentada.

Una sólida y correcta protección de sus invenciones, mediante patentes de invención, modelos de utilidad o diseños industriales supone adquirir una ventaja competitiva sobre sus competidores. Por ello, el equipo técnico de UNGRIA, liderado por Agentes de Patentes Europeas, está a su disposición para asesorarle y ayudarle a establecer la mejor estrategia de protección que se ajuste a sus necesidades concretas. También, nos ocupamos de preparar la documentación completa necesaria, incluyendo la memoria técnica, reivindicaciones, dibujos, planos, etc., así como de controlar todo el procedimiento de tramitación y de asesorarle cuando lo precise para resolver cualquier incidencia que se pueda producir.

La extensa experiencia, áreas de especialización y profesionalidad de nuestros equipos técnicos posicionan a UNGRIA como uno de los líderes en solicitudes de patentes, modelos de utilidad y diseños industriales en España.

AREAS DE ESPECIALIZACION
Biotecnología y Ciencias de la Vida
Química, Medicamentos y Materiales
Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones
Invenciones Implementadas por Ordenador y Tecnología de la Información y la Comunicación
Ingeniería Mecánica y Construcción
Física y Óptica
ASESORÍA GLOBAL DE PATENTES

Para obtener la más adecuada protección de sus invenciones, innovaciones técnicas y creaciones de forma y diseño, le asesoramos sobre:

  • Las modalidades de protección registral disponibles.
  • El ámbito territorial que en cada caso podría tener.
  • Los tratados internacionales aplicables al caso.
  • Los requisitos de registrabilidad o patentabilidad que debe cumplir, con especial mención de la posible reivindicación de prioridad, plazos y gestiones posteriores (petición de examen, validaciones, etc.)
INVESTIGACION DE ANTECEDENTES REGISTRALES DE PATENTES

Para obtener la más adecuada protección de sus invenciones, innovaciones técnicas y creaciones de forma y diseño, le asesoramos sobre:

  • Antes de realizar la solicitud de una patente de invención, un modelo de utilidad o un diseño industrial, es posible realizar una investigación de antecedentes registrales. Las búsquedas se pueden realizar, bien por la materia de que se trata, bien por el nombre del posible titular. La finalidad es conocer, hasta dónde sea posible, la existencia de antecedentes para, a partir de los resultados obtenidos, estudiar y decidir qué, cómo y dónde patentar.
  • Nuestro equipo de técnicos, con experiencia en cualquier rama tecnológica (química, biología, biotecnología, farmacia, informática, mecánica, electrónica y telecomunicaciones), le asesorará sobre todo ello y preparará el texto completo de su solicitud de patente, modelo de utilidad o diseño industrial para que tenga la mayor fuerza, validez y protección posible.
SOLICITUD Y TRAMITACION DEL REGISTRO DE LA PATENTE

Para realizar su solicitud de patente, modelo de utilidad o diseño industrial, nos deberá facilitar la información, de la manera más detallada posible, sobre el objeto, método o uso para los que desea obtener protección. También precisaremos los datos de la persona física o jurídica que deba ser el titular de la solicitud.

A partir de ahí, nosotros prepararemos la memoria descriptiva, las reivindicaciones, los planos o dibujos, el resumen y/o descripción, según los casos, así como el resto de la documentación que sea precisa, tanto en España como en cualquier país del mundo, y en el idioma que sea necesario.

VIGILANCIA DE SOLICITUDES DE PATENTES

Una vez que su solicitud de patente, modelo de utilidad o diseño industrial haya sido presentada en la oficina de patentes correspondiente, pasará a formar parte de nuestra base de datos, lo que nos permite realizar un doble control sobre la misma:

  • Por una parte, realizaremos un seguimiento constante de las distintas fases de tramitación, en todos los países y regiones, y, una vez se produzca la concesión, mantendremos la vigilancia durante toda la vida legal. De esta manera, usted siempre dispondrá de la información y avisos necesarios sobre las gestiones que se hayan de realizar (pago de anualidades, puesta en práctica, etc.) para su mantenimiento.
  • Por otra, podremos vigilar las solicitudes de terceros que pudieran afectar o relacionarse con la suya. Así, usted dispondría de información sobre potenciales competidores y, en su caso, decidir la conveniencia de formular observaciones u oposiciones contra su concesión.
MANTENIMIENTO Y ANUALIDADES

Las patentes de invención y los modelos de utilidad se conceden con una duración determinada (en la mayoría de los países, 20 años desde la fecha de solicitud para las patentes y un número menor para los modelos de utilidad). Su vigencia viene determinada por el pago de tasas de mantenimiento, normalmente de carácter anual, durante ese periodo de duración. En el caso de los diseños industriales, en la mayoría de las jurisdicciones, la concesión se realiza para un periodo de cinco años desde la fecha de solicitud, siendo renovable para cuatro periodos consecutivos adicionales de cinco años, hasta un máximo de 25.

Nuestro equipo gestor se encargará de avisarle con la debida antelación de cada uno de los pagos necesarios para el mantenimiento de sus títulos de propiedad industrial, sea cual sea su modalidad o jurisdicción, y de realizarlos en su nombre una vez recibidas sus instrucciones.

SILVIA BALLESTA

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

SILVIA BALLESTA

PAULA BURRUNI

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

PAULA BURRUNI

VIRGINIA DE LA ROSA

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

VIRGINIA DE LA ROSA

VANESA FOUZ

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

VANESA FOUZ

ANA MARIA MARTIN

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

ANA MARIA MARTIN

EDURNE MARTINEZ

Madrid

patentes@ungria.es

EDURNE MARTINEZ

Mª ROSARIO RODRÍGUEZ

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

Mª ROSARIO RODRÍGUEZ

JOSE ENRIQUE RUIZ

Madrid

patentes@ungria.es

JOSE ENRIQUE RUIZ

SONIA SEBASTIAN

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

SONIA SEBASTIAN

Mª CARMEN SEVILLA

Paralegal

Madrid

patentes@ungria.es

Mª CARMEN SEVILLA

ESTELA MARIA BAIDEZ

Alicante

alc@ungria.es

ESTELA MARIA BAIDEZ

ANTONIO FERNANDEZ

Madrid

marcas@ungria.es

ANTONIO FERNANDEZ

MARÍA JULIA HERNÁNDEZ

Paralegal

México

mexico@ungria.com.mx

MARÍA JULIA HERNÁNDEZ

MIRIAM VARGAS

Paralegal

Estados Unidos

miriam.vargas@ungriausa.com

MIRIAM VARGAS

marcas
PREGUNTAS FRECUENTES
¿QUE ES UNA PATENTE?

Una patente es un título, otorgado por un Estado, que reconoce el derecho del titular a impedir, en el territorio de dicho Estado y durante un tiempo determinado, que terceros fabriquen, vendan, utilicen, importen, exporten o comercialicen, sin su consentimiento, la invención patentada.


Como contrapartida a este monopolio de exclusión temporal, el titular de la patente permite que la descripción detallada de la invención se divulgue y pase a disposición del público, de manera que cualquier persona pueda utilizarla libremente una vez haya caducado.


Una patente puede proteger un procedimiento, aparato, producto y/o uso novedoso e inventivo, o un perfeccionamiento o mejora de los mismos. Es importante destacar que, en cualquier caso, el derecho otorgado por una patente es "negativo". Es decir, es un derecho a "excluir" a otros, no a "incluir" al titular. La concesión de una patente no autoriza a su titular a usar o aplicar una invención, sino que únicamente le concede el derecho a impedir que la utilicen terceros.


Por norma general, la duración máxima de una patente es de 20 años desde la fecha de solicitud, sujeta al pago de anualidades. Además de las patentes, en algunos países existen los modelos de utilidad. En España, estos poseen una duración máxima de 10 años. Para la protección de la apariencia de un producto, existe la figura del diseño industrial. En España, su duración máxima es de 25 años, mediante la renovación consecutiva de periodos de cinco años.

¿COMO SE OBTIENE?

La tramitación de una patente puede variar de un país a otro. Aspectos relacionados con la solicitud, la concesión o las renovaciones, o cuestiones como la existencia o no de un examen de patentabilidad previo a la concesión, dependen de la legislación específica de cada país o región.


No obstante, existen múltiples características comunes, debido a los esfuerzos internacionales para conseguir una mayor armonización. En líneas generales, la tramitación de una patente consta de una fase de solicitud ante el organismo estatal competente a la que, una vez realizado un examen sobre cuestiones formales, le siguen otras fases en las que se realizan búsqueda de antecedentes, examen de patentabilidad, concesión, y renovación del derecho. En algún momento de la tramitación, existirá también una fase, al menos, donde terceros puedan realizar observaciones y/o oponerse a la concesión de la patente, así como distintas posibilidades de presentar recursos.


En España el 1 de abril de 2017, entró en vigor la nueva Ley de Patentes (Ley 24/2015, de 24 de julio). Esta Ley adapta la legislación a las necesidades actuales en materia de patentes e integra diversos tratados internacionales y directivas europeas que se venían aplicando. Entre los cambios introducidos destacan la obligatoriedad del examen sustantivo (desaparece la posibilidad de obtener patentes sin examen) o la introducción de un sistema de oposición post-concesión, similar al existente para las patentes europeas (si bien el plazo es sensiblemente más corto). Otros cambios importantes incluyen el adelanto del pago de la tasa de búsqueda al momento de la solicitud; la posibilidad de revocación o limitación de la patente, mediante modificación de las reivindicaciones, a instancia del titular, o en la contestación de la demanda de nulidad o demanda reconvencional de nulidad; la creación de la figura de escritos preventivos, en previsión de posibles interposiciones de medidas cautelares; o varios aspectos regulatorios de las acciones judiciales relativas a infracción, validez o licencias obligatorias.


Cualquier persona física o jurídica puede solicitar una patente. Esta puede, a su vez, ser transmitida, cedida, licenciada, etc. a terceros por los cauces legales establecidos. El equipo humano de UNGRIA está a su disposición para asesorarle y ayudarle a establecer la mejor estrategia de protección industrial que se ajuste a sus necesidades concretas. Por supuesto, también nos ocupamos de preparar la documentación completa necesaria, incluyendo la memoria técnica, reivindicaciones, dibujos, planos, etc., así como de controlar todo el procedimiento de tramitación y de asesorarle cuando lo precise para resolver cualquier incidencia que se pueda producir.

CONSIDERACIONES

Protección de invenciones fuera de España


Para proteger una invención en otros países miembros del Convenio de la Unión de París y de la Organización Mundial de Comercio, el solicitante puede ejercer el derecho de prioridad. Tras presentar una solicitud de patente en España, el solicitante cuenta con un plazo de 12 meses para presentarla también en otros países, manteniendo la fecha de depósito en España (fecha de prioridad) como la fecha de presentación de esas solicitudes posteriores.


Además, existe la posibilidad de efectuar depósitos de solicitudes con efectos de presentación en varios países a la vez. Por ejemplo, tras la presentación de una solicitud en España, y antes de los 12 meses, se puede presentar una solicitud internacional (conocida como PCT), lo que equivale a la presentación en 152 países, conservando la fecha de prioridad.


¿Todo es patentable?


Casi todas las legislaciones de patentes contienen exclusiones y limitaciones de la materia patentable y los derechos de los titulares. Por ejemplo, según la legislación española, y la de otros países de nuestro entorno, no son patentables:


  • Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.

  • Las obras literarias o artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obras científicas.

  • Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenador.

  • Las formas de presentar información.

  • Las invenciones cuya publicación o explotación sea contraria al orden público o a las buenas costumbres.

Existen exclusiones adicionales que están relacionadas con las ciencias de la vida, en campos como la medicina, biología o agricultura. Entre ellas:


  • Las variedades vegetales y las razas animales. No obstante, las invenciones que tengan por objeto vegetales o animales sí son patentables si la viabilidad técnica de la invención no se limita a una variedad vegetal o una raza animal determinada.

  • Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o de animales. A estos efectos, se considerarán esencialmente biológicos aquellos procedimientos que consistan íntegramente en fenómenos naturales como el cruce o la selección.

  • El cuerpo humano, en los diferentes estadios de su constitución y desarrollo, así como el simple descubrimiento de uno de sus elementos.

  • Los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal, o los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal. Aunque sí son patentables los productos, especialmente las sustancias o composiciones, y las invenciones de aparatos o instrumentos para la puesta en práctica de tales métodos.

  • Los procedimientos de clonación de seres humanos.

  • Los procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del ser humano.

  • Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales.

  • Los procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales que supongan para estos sufrimientos sin utilidad médica o veterinaria sustancial para el hombre o el animal, y los animales resultantes de tales procedimientos.

En cuanto a los modelos de utilidad, con la entrada en vigor de la Ley de Patentes (Ley 24/2015, de 24 de julio) se han ampliado las posibilidades de protección, al incluirse: (i) productos químicos, sustancias o composiciones, (ii) la novedad habrá de ser absoluta y (iii) se exige la realización del informe sobre el estado de la técnica antes de ejercitar cualquier acción o demanda. La exclusión se mantiene para las invenciones de procedimiento, los alimentos y para invenciones que tengan por objeto materia biológica, así como para las sustancias y composiciones farmacéuticas (entendiendo por tales las destinadas a su uso como medicamento para humanos o animales).


Mantenimiento de la Patente

Durante la tramitación de una solicitud de patente, así como para mantener esta en vigor una vez concedida, el titular deberá abonar unas tasas anuales de mantenimiento que aumentan progresivamente hasta la correspondiente al vigésimo año.

PATENTES EN ESPAÑA
Tengo una idea novedosa ¿Debo patentarla y por qué?

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¿Qué requisitos se exigen?

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¿Hay "un tiempo" para patentar? ¿Cuándo debo hacerlo?

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¿Cómo se patenta un producto o un procedimiento de fabricación?

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¿Dónde se patenta?

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¿Esa patente es válida únicamente en España? ?Existe la patente mundial?

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¿Es lo mismo una patente que un modelo de utilidad?

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¿Cuánto dura el monopolio que otorgan las patentes?

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¿Es obligatorio explotar una patente?

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¿Qué ventajas tiene patentar?

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¿Cualquier invención nueva es patentable?

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¿La Oficina Española de Patentes y Marcas examina la novedad de las patentes?

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¿Qué puedo hacer si una invención se refiere únicamente a la apariencia de un producto?

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¿Cuánto dura el registro de un diseño industrial?

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¿Este diseño industrial es válido únicamente en España?

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¿Es correcto decir "quiero patentar una marca"?

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PATENTES EN OTROS PAISES
Tengo una patente en España. ¿Puedo extender su protección a otros países?

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Mi patente española fue solicitada hace 10 meses y no parece que vaya a ser concedida antes del año citado. ¿Puedo extenderla a otros países, estando la patente española en trámite?

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¿Qué vías hay para proteger una patente fuera de España?

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¿Cuál de estas vías es la más aconsejable?

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¿Qué características especiales tiene la patente europea?

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¿Cuánto dura una patente europea?

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¿Qué ventaja tiene utilizar la vía de la patente europea?

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¿Qué inconvenientes tiene utilizar esta vía europea?

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¿Qué utilidad inicial tiene la solicitud de patente PCT?

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¿Qué procedimientos sigue la solicitud de patente PCT?

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¿En qué consiste la fase internacional de la PCT?

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¿En qué consiste la fase nacional de la PCT?

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¿Qué es una familia de patentes?

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¿Puedo proteger mi diseño industrial español fuera de España?

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¿Cuál de las tres vías es más aconsejable para mi diseño industrial?

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¿Qué características tiene el diseño comunitario?

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¿Cuánto dura el registro de diseño comunitario?

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¿Qué características tiene el modelo industrial internacional?

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