Protección de invenciones fuera de España
Para proteger una invención en otros países miembros del Convenio de la Unión de París y de la Organización Mundial de Comercio, el solicitante puede ejercer el derecho de prioridad. Tras presentar una solicitud de patente en España, el solicitante cuenta con un plazo de 12 meses para presentarla también en otros países, manteniendo la fecha de depósito en España (fecha de prioridad) como la fecha de presentación de esas solicitudes posteriores.
Además, existe la posibilidad de efectuar depósitos de solicitudes con efectos de presentación en varios países a la vez. Por ejemplo, tras la presentación de una solicitud en España, y antes de los 12 meses, se puede presentar una solicitud internacional (conocida como PCT), lo que equivale a la presentación en 152 países, conservando la fecha de prioridad.
¿Todo es patentable?
Casi todas las legislaciones de patentes contienen exclusiones y limitaciones de la materia patentable y los derechos de los titulares. Por ejemplo, según la legislación española, y la de otros países de nuestro entorno, no son patentables:
- Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.
- Las obras literarias o artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obras científicas.
- Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenador.
- Las formas de presentar información.
- Las invenciones cuya publicación o explotación sea contraria al orden público o a las buenas costumbres.
Existen exclusiones adicionales que están relacionadas con las ciencias de la vida, en campos como la medicina, biología o agricultura. Entre ellas:
- Las variedades vegetales y las razas animales. No obstante, las invenciones que tengan por objeto vegetales o animales sí son patentables si la viabilidad técnica de la invención no se limita a una variedad vegetal o una raza animal determinada.
- Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o de animales. A estos efectos, se considerarán esencialmente biológicos aquellos procedimientos que consistan íntegramente en fenómenos naturales como el cruce o la selección.
- El cuerpo humano, en los diferentes estadios de su constitución y desarrollo, así como el simple descubrimiento de uno de sus elementos.
- Los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal, o los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal. Aunque sí son patentables los productos, especialmente las sustancias o composiciones, y las invenciones de aparatos o instrumentos para la puesta en práctica de tales métodos.
- Los procedimientos de clonación de seres humanos.
- Los procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del ser humano.
- Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales.
- Los procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales que supongan para estos sufrimientos sin utilidad médica o veterinaria sustancial para el hombre o el animal, y los animales resultantes de tales procedimientos.
En cuanto a los modelos de utilidad, con la entrada en vigor de la Ley de Patentes (Ley 24/2015, de 24 de julio) se han ampliado las posibilidades de protección, al incluirse: (i) productos químicos, sustancias o composiciones, (ii) la novedad habrá de ser absoluta y (iii) se exige la realización del informe sobre el estado de la técnica antes de ejercitar cualquier acción o demanda. La exclusión se mantiene para las invenciones de procedimiento, los alimentos y para invenciones que tengan por objeto materia biológica, así como para las sustancias y composiciones farmacéuticas (entendiendo por tales las destinadas a su uso como medicamento para humanos o animales).
Mantenimiento de la Patente
Durante la tramitación de una solicitud de patente, así como para mantener esta en vigor una vez concedida, el titular deberá abonar unas tasas anuales de mantenimiento que aumentan progresivamente hasta la correspondiente al vigésimo año.