Brasil
Resolución INPI/ PR Núm. 172/2016 referente a marcas notorias.
El 18 de octubre de 2016, el INPI publicó la Resolución INPI/PR Núm. 172/2016, con el objetivo de optimizar la Resolución INPI/PR Núm. 107/2013 que trataba sobre la aplicación del Artículo 125 de la Ley 9.279/1996. leer más
La primera de las enmiendas se refiere a la redacción de los apartados I y II del Artículo 3 de la Resolución INPI/PR Núm. 107/2013; la segunda modificación contemplada en la Resolución INPI/PR Núm. 172/2016 se refiere al Artículo 9 sobre las marcas notorias anteriores ya identificadas bajo los términos de la Resolución INPI/PR Núm. 107/2013; finalmente, la enmienda del Artículo 10 de la anterior Resolución, estableciendo que la competencia para el examen de recursos es de la Coordinación General de Recursos y Procedimientos Administrativos de Nulidad.
Islas Caimán
Nuevo proyecto de ley sobre marcas registradas.
Se ha publicado una nueva ley sobre marcas en las Islas Caimán, prevista para entrar en vigor a principios del año 2017. leer más
La nueva ley incluirá un registro local de marcas; las solicitudes serán examinadas en base a prohibiciones absolutas y relativas de registro y también contiene disposiciones relativas a oposiciones así como procedimientos de revocación por falta de uso. Se incluirán también disposiciones relativas al registro de marcas colectivas y de certificación. Además, todavía se exigirá a los clientes que paguen tasas de mantenimiento anuales con el fin de mantener la validez del registro.
Chile
El Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Chile (INAPI) actualiza el Acuerdo de Cooperación que tiene con la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual de China (SIPO).
El 19 de octubre de 2016, ambas oficinas actualizaron el acuerdo de cooperación vigente desde febrero de 2012. leer más
El acuerdo suscrito entre la SIPO y el INAPI permite el intercambio de información relacionada con la modernización, la gestión y el desarrollo de ambas oficinas. También aumenta la formación de los funcionarios del INAPI en diferentes aspectos sobre propiedad intelectual, el intercambio de conocimiento y fortalece la cooperación en el examen de patentes.
México-Austria
Firman un acuerdo de cooperación en beneficio del sistema de Propiedad Industrial.
El 25 de octubre de 2016, el Instituto Mexicano de Propiedad Intelectual (IMPI) y la Oficina de Patentes de Austria (APO) firmaron tres acuerdos de colaboración diferentes que fortalecerán la relación entre ambas oficinas. leer más
Estos tres acuerdos son: (i) un Memorándum de entendimiento sobre Cooperación en PI, (ii) la aplicación de un Procedimiento Acelerado de Tramitación de Patentes (PPH por sus siglas en inglés), y (iii) la formalización del reconocimiento de la APO como Administración encargada de la búsqueda internacional (ISA) y Administración encargada del examen preliminar (IPEA) por parte del IMPI.
Uruguay
Sistema de Presentación en Línea (SPL).
El 6 de octubre de 2016, MIEM-DNPI, lanzó la primera fase del Sistema de Presentación en Línea (SPL). leer más
Este nuevo sistema implica un nuevo avance en el proceso de aplicación de las tecnologías de la información a la gestión de los procedimientos y tareas administrativas de la DNPI, que redundan en una gestión más moderna y adecuada a las políticas públicas impulsadas por la presente administración en materia de Gobierno Electrónico. Los cambios más significantes para la implementación de esta primera fase son: (i) dejará de ser necesario para los Agentes de la Propiedad Industrial concurrir a la oficina a efectos de acreditar los envíos de escritos, solicitudes (SIWeb) y los pagos (SPO), los que se realizaran exclusivamente a través de usuario SIWeb, (ii) confirmación de procesamiento de solicitudes enviadas vía SIWeb, o rechazo de la misma que incluye respuesta con justificación del mismo, (iii) títulos de solicitud expedidos en formato digital y enviado a la casilla de correo electrónico.
Venezuela
Ratificación del Procedimiento de Oposición.
Recientemente, la Oficina de Marcas de Venezuela ha publicado un comunicado oficial solicitando que todos los opositores ratifiquen su interés jurídico/administrativo en los procedimientos de oposición presentados antes del 8 de noviembre de 2016. leer más
Si no se presenta una breve ratificación del interés jurídico/administrativo, la Oficina estimará que las partes opositoras han perdido el interés y declarará la perención de la oposición. En caso contrario, si los opositores ratifican sus intereses legales, la Oficina otorgará y publicará la resolución que decide los campos de oposición.