UE
Noviembre 28, 2019
El TJUE ha resuelto una cuestión prejudicial que modifica sustancialmente la concepción hasta ahora vigente de que los procedimientos relativos a la adopción de medidas cautelares basadas en registros de dibujos y modelos comunitarios habían de solicitarse obligatoriamente ante los Tribunales específicos designados para ello en cada Estado miembro, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento UE 6/2002 (RDMC).