UNION EUROPEA
Febrero 17, 2025
Al igual que en años anteriores, la Comisión y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) han puesto en marcha el Fondo para Pymes de 2025 (cuya convocatoria está abierta desde el 3 de febrero) para proporcionar apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) para gestionar y proteger mejor sus activos intangibles.
De esta manera, las PYMEs interesadas pueden solicitar bonos que les permitirán acceder a un reembolso parcial de las tasas pagadas.
Antes de entrar en detalle, es importante tener en cuenta los siguientes puntos:
- Los bonos no son retroactivos: es decir, no se reembolsarán los gastos satisfechos antes de la fecha de notificación de la decisión de subvención.
- Una PYME no puede solicitar una subvención de este Fondo si ya ha recibido financiación de la UE para la misma actividad o parte de ella.
- Los bonos solo se aplican al registro de nuevos derechos de Propiedad Industrial. No son subvencionables las renovaciones de estos derechos.
- Pueden solicitar esta subvención todas las PYMEs establecidas en la UE a través de sus titulares, empleados autorizados o mediante un representante externo.
- Los bonos no se pueden transferir de un usuario a otro (están vinculados a la cuenta de usuario de la EUIPO que se emplea para cumplimentar la solicitud del Fondo)
¿Cuál es el importe máximo que puede recibir una PYME?
- Bono del servicio de IP Scan/ o del servicio de cumplimiento en el marco de IP Scan (Bono1): hasta 1.350 euros.
- Bono de Marcas y Diseños (Bono 2): hasta 700 euros.
- Bono de Patentes Nacionales y Estado de la Técnica (Bono 3): hasta 1.000 euros.
- Bono de Patentes Europeas y Costes Legales (Bono 3): hasta 2.500 euros.
- Bono de Variedades Vegetales Comunitarias (Bono 4): hasta 1.500 euros.
En este sentido, también es importante saber que la PYME interesada deberá esperar a recibir la decisión de la concesión para poder solicitar/registrar uno de los derechos de PI subvencionables.
Fondos para PYMEs 2025: plazo de convocatoria
El plazo de presentación de la convocatoria 2025 es desde el 3 de febrero de 2025 hasta el 5 de diciembre de 2025.
Uso del bono y activación
Cuando se recibe una notificación positiva de la solicitud de subvención, se inicia lo que se conoce como periodo de activación, durante el cual los interesados disponen de 1 mes (ampliable a 2 meses) para iniciar las actividades y solicitar el primer reembolso para activar los Bonos de Marcas Comerciales y Diseños, Patentes y Variedades Vegetales y Comunitarias. Para activar el Bono IP Scan se dispone de 6 meses.
El periodo de ejecución para poder solicitar el reembolso de las tasas es el siguiente:
- 6 meses para Marcas Comerciales y Diseños.
- 6 meses para Patentes.
- 6 meses par Variedades Vegetales Comunitarias.
- No hay periodo de ejecución para los Bonos del IP Scan
En este documento te contamos todos los detalles.
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