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Tribunal Europeo de Justicia: Una resolución dictamina que un organismo que sea incapaz de desarrollarse hasta convertirse en un ser humano no constituye un embrión humano dentro del significado de la Directiva sobre Biotecnología.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió una resolución que aportaba algunas aclaraciones con respecto al significado de embrión humano, que se usa en la Directiva sobre Biotecnología. Concluye que un organismo que sea incapaz de desarrollarse hasta convertirse en un ser humano no constituye un embrión humano dentro del significado de la Directiva sobre Biotecnología. Anteriormente, el Tribunal Europeo de Justicia (C 34/10) sostenía que el concepto de "embrión humano" incluía óvulos humanos sin fertilizar cuya posterior división y desarrollo se hubiera estimulado por partenogénesis, basándose en el hecho de que tales óvulos son capaces de iniciar el proceso de desarrollo para convertirse en un ser humano.