Finalización del “Sunrise Period”, el periodo previo habilitado para realizar “opt-outs”
Tiempo se lleva hablando de la entrada en vigor de la patente unitaria. Sin embargo, parece existir todavía cierto desconocimiento sobre esta cuestión entre un gran número de titulares de patentes europeas.
Haciendo un breve resumen y, a grandes rasgos, su puede decir que la patente unitaria se sostiene sobre dos pilares fundamentales:
- La creación de una patente europea con efecto unitario para todos los países participantes, y
- La creación del Tribunal Unificado de Patentes (TUP), con jurisdicción exclusiva para los litigios relacionados tanto con estas nuevas patentes unitarias como con las patentes europeas “clásicas”, futuras y ya existentes.
Respecto el primero de los puntos, la patente europea con efecto unitario, los titulares de patentes europeas concedidas después del próximo 1 de junio podrán solicitar ante la Oficina Europea de Patentes (EPO) el efecto unitario de sus patentes en todos los países que en ese momento hayan ratificado el Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes (ATUP). A fecha de hoy, son 17: Austria, Alemania, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal y Suecia. La solicitud del efecto unitario habrá de realizarse en el plazo de un mes desde la concesión, con una única solicitud y con el pago de anualidades de manera unificada.
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